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La pandemia del (Covid-19) no es solo una crisis sanitaria, sino también una crisis económica que ha causado estragos de gran magnitud en las empresas y en el mundo laboral. Las perturbaciones económicas y sociales causadas por la crisis amenazan a largo plazo los medios de subsistencia de muchas personas. La crisis también es, y en muchos sentidos, una crisis de derechos humanos, debido a sus consecuencias sobre la vida de las personas y sus libertades. Por lo tanto, es particularmente importante medir los impactos causados por la crisis sanitaria sobre los derechos humanos de los trabajadores para poder definir las posibles intervenciones que garanticen el respeto de estos derechos en las respuestas del Estado y de las empresas. 

Los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas proporcionan un conjunto de directrices para identificar y aclarar las normas de responsabilidad de las empresas y el papel de los Estados. Según estos Principios, las empresas deben hacer todo lo posible para evitar contribuir, de cualquier manera, a las violaciones de los derechos humanos y a la degradación del medio ambiente.

Este deber de diligencia en materia de derechos humanos se basa en la buena voluntad de las empresas y, a falta de un marco jurídico vinculante, nacional o internacional, nada garantiza que las empresas cumplan con estas directrices. Por lo tanto, el Estado debe garantizar que las empresas respeten los derechos humanos.

Impacto de la crisis del (COVID-19) sobre los trabajadores 
Durante la crisis sanitaria, las actividades económicas se vieron gravemente afectadas en nuestro país como resultado de las restricciones de movimiento y de las medidas de confinamiento. Y si los empleados de las administraciones públicas, con excepción de las administraciones de seguridad, de salud y de las administraciones territoriales, han recurrido en su mayoría al trabajo a distancia, los trabajadores del sector privado, en parte, han seguido yendo al lugar de trabajo. Algunos empleados han reducido sus salarios y/o los han despedido. También se han denunciado casos de trabajadores retenidos en el lugar de trabajo.

Algunos trabajadores «esenciales» debían estar presentes en los lugares de trabajo en los sectores relacionados con la atención sanitaria, los transportes y la logística, la agricultura y la producción alimentaria, el comercio al por menor y la fabricación de productos esenciales como los equipos de protección. La elección de los trabajadores designados como «esenciales» varia de un sector a otro, pero las empresas han tenido la posibilidad de designarlos por sí mismas. Estos trabajadores «esenciales» corren un mayor riesgo de contraer el (Covid-19).

Por otra parte, gracias al compromiso providencial del Estado, todos los enfermos del (Covid-19), incluidos los trabajadores, se han beneficiado de la cobertura de sus gastos de hospitalización y de atención.
Sin embargo, durante la crisis se registraron violaciones de los derechos de los trabajadores. Se trata de casos de contagio ocurridos en empresas y unidades de producción debido a una ausencia o a una insuficiencia de prevención, con más de 60 empresas  que informaron ser focos de contagio de (Covid-19), problemas jurídicos relacionados con los contratos de trabajo de duración determinada y a corto plazo.

Además, los trabajadores que han perdido total o parcialmente sus ingresos no han podido beneficiarse del pago de la indemnización a tanto alzado mensual de 2.000DH de la Caja Nacional de Seguridad Social. Se trata en particular de los trabajadores cuyos empleadores,  a menudo subcontratistas, no han presentado los documentos necesarios para que los trabajadores puedan beneficiarse de las subvenciones. En el sector privado también han surgido problemas relacionados con las normas laborales, como la restricción de la representación de los trabajadores y la suspensión de los procesos de negociación colectiva.

En cuanto al sector informal, el impacto de la crisis sanitaria fue más severo, con una tasa de contagio alta y una precariedad socioeconómica alarmante. En efecto, muchos trabajadores del sector informal mantuvieron su actividad durante el periodo de crisis, en particular comerciantes minoristas, exponiéndose así al riesgo de contagio debido a la ausencia de medidas de prevención racionalizadas.

Sin embargo, la situación socioeconómica de los trabajadores del sector informal es la que ha causado preocupación por el impacto de la crisis. Es cierto que el Comité de Vigilancia Económica (CVE) ha establecido medidas de ayuda para los hogares del sector informal que disponen de una tarjeta del Régimen Asistencia Médica «RAMED» y afectados por el confinamiento impuesto, con una indemnización alternativa entre 800 y 1200 dirhams, en función del número de personas por hogar. Sin embargo, una parte importante de los trabajadores del sector informal no pudo beneficiarse de la subvención, que afectó solo a unos 2.3 millones hogares, de los cuales el 38% provienen de zonas rurales. En la mayoría de los casos, esas excepciones se debían a la insuficiencia de las declaraciones presentadas.

Directrices de las autoridades y de la CGEM para la reanudación de la actividad económica y de los servicios públicos
El Consejo Nacional de Derechos Humanos (CNDH) acoge con beneplácito las medidas previstas por las diferentes autoridades públicas y por la CGEM para llevar a cabo la operación de reanudación de la actividad económica y comercial, e invita a los ciudadanos marroquíes y extranjeros a velar por el cumplimiento de estas medidas, en particular las enunciadas en los puntos de referencia importantes en la materia.

El 22 de mayo de 2020, el Ministerio de Economía, Finanzas y Reforma de la Administración publica una circular y una guía práctica sobre los procedimientos de trabajo y las medidas que deben adoptarse en los servicios públicos tras el desconfinamiento. La circular y la guía, dirigidos a las administraciones, los funcionarios y los usuarios, incluyen diversas medidas, como la creación de un comité interno en cada administración para velar por la aplicación de las medidas adoptadas para evitar la propagación de (Covid-19), la aplicación de un plan de acción para la prevención, la continuación del teletrabajo para los funcionarios públicos cuya naturaleza de trabajo no requiere su presencia en la sede de la administración, y la digitalización de los servicios administrativos, la simplificación de los procedimientos administrativos y la aceleración de su digitalización y, por último, la desinfección permanente de los lugares de trabajo. Se alienta a los funcionarios a que adopten todas las medidas de distanciamiento social y usen la máscara médica durante las horas de trabajo.

En cuanto a los usuarios, las directrices prevén reforzar las medidas de control de su acceso a las administraciones, organizar los espacios de recepción y adoptar mecanismos operacionales para mejorar las condiciones de recepción, asesoramiento y orientación mediante la generalización de los números de teléfono y los correos electrónicos a través de los diferentes canales de comunicación disponibles.

Por su parte, el Ministerio de Trabajo e Inserción Profesional publicó el 21 de mayo de 2020 el «Protocolo para la gestión del riesgo de contagio por Covid-19 en los lugares de trabajo». El Protocolo es una continuación de la «Guía sobre la prevención de la infección por Coronavirus en el lugar de trabajo», publicada el 4 de mayo de 2020 por el Ministerio, y compuesta de fichas de trabajo prácticas. El Protocolo tiene por objeto proporcionar directrices para acompañar a las empresas en la elaboración de planes de prevención y de medidas de precaución concretas emitidas por las autoridades para luchar contra la propagación del coronavirus en los lugares de trabajo, para proteger la salud de los trabajadores y garantizar la continuidad de las actividades económicas. El protocolo está destinado a empresas que han continuado su actividad económica o que tienen la intención de reanudar sus actividades después del confinamiento. Las directrices contenidas en el Protocolo se refieren a la planificación y la organización del trabajo, incluidas la distancia, las medidas de salud, seguridad e higiene, la restauración en el lugar de trabajo, el transporte y las condiciones de acceso al lugar de trabajo, así como la atención a las personas que presenten signos de la enfermedad. Las directrices también incluyen actividades de información, formación y sensibilización.

Por su parte, en la perspectiva de reanudación de la actividad económica, la Confederación General de Empresas de Marruecos (CGEM) ha elaborado tres guías prácticas y un kit de formación en beneficio de las empresas que deben reanudar sus actividades. Estas herramientas prácticas, presentadas el 29 de abril de 2020, pretenden acompañar a las empresas en términos de medidas preventivas y sanitarias para garantizar la seguridad a sus empleados y clientes.

Recomendaciones del Consejo Nacional de Derechos Humanos
Teniendo en cuenta las repercusiones mencionadas de la crisis sanitaria en el mundo del trabajo, y considerando el valor saludable de los esfuerzos realizados por el Estado para proteger a las empresas y los trabajadores y compensar sus daños económicos y sociales debidos a la pandemia, el CNDH insta al gobierno y a los empleadores al respeto de los derechos humanos de los trabajadores, empleados, usuarios y todas las personas que se encuentren en un lugar de trabajo o de servicio público.

El CNDH hace un llamamiento al gobierno en particular para:

  • Cumplir con sus obligaciones de proteger los derechos humanos y responsabilizar a las empresas y administraciones responsables de las violaciones de los derechos humanos vinculadas a sus actividades, especialmente en el contexto del (Covid-19).
  • Garantizar que las medidas de estímulo económico se dirijan principalmente a las personas más vulnerables y que tengan condiciones claras y aplicables para evitar prestar ayudas a las empresas sin contrapartida social.
  • Incluir, en los planes de apoyo posteriores al (Covid-19), medidas de protección social para aquellos que perdieron sus ingresos a causa de la crisis y que no están en condiciones de mantener a sus familias.
  • Hacer públicos sus planes de apoyo e incluir disposiciones que permitan a las empresas aumentar la transparencia de sus propios planes y medidas.
  • Ampliar el campo de beneficiarios de la subvención destinada a los trabajadores del sector informal, flexibilizando los criterios de elegibilidad para esta subvención.
  • Velar por la protección de los derechos económicos y sociales, incluidos los derechos a la vivienda, la salud, la alimentación, el agua, el saneamiento, la educación, la seguridad social y el trabajo y sobre todo, para evitar el agravamiento de las desigualdades sociales y salariales.
  • Reforzar el papel de la inspección del trabajo y garantizar que los trabajadores que consideran ser víctimas de prejuicios que afectan sus derechos puedan tener acceso a los recursos previstos por la ley.
  • Garantizar la eficacia y la eficiencia de las medidas preventivas contra el (Covid-19) dentro de las empresas e instar estas últimas a demostrar la debida diligencia en materia de derechos humanos y medio ambiente.
  • Garantizar la seguridad y mantener medidas de prevención en los transportes públicos y privados. En efecto, en la situación actual, un número importante de personas podría volver pronto al trabajo en condiciones de desplazamiento poco o nada seguras, ya que muchos deberán utilizar los transportes públicos (autobuses, tranvías, taxis colectivas, etc.).
  • Luchar contra el comportamiento comercial que tiene repercusiones negativas sobre los consumidores, como los precios abusivos.
  • Garantizar protecciones adicionales para los grupos marginados y defensores de derechos humanos.
  • Mantener a la opinión pública informada sobre las acciones realizadas y las medidas preventivas previstas para la protección de los trabajadores, clientes y usuarios de los servicios públicos.

Por otra parte, el CNDH hace un llamamiento a las empresas para:

  • Asumir sus responsabilidades en materia de respeto de los derechos humanos durante este período, y en particular respetar el derecho a vacaciones pagadas de los trabajadores y empleados, proporcionarles procedimientos de trabajo seguros y modificar el horario de trabajo para adherirse a las directrices sobre el distanciamiento social.
  • Atenuar el impacto económico del virus evitando los despidos colectivos y la pérdida de beneficios sociales, priorizando las decisiones financieras que protegen el nivel de vida de los empleados.
  • Respetar los convenios colectivos, mantener los contratos con proveedores, estar atentas a las personas más vulnerables, comprometerse con el Estado en la respuesta a las necesidades sanitarias y financieras inmediatas de los trabajadores y a dar muestras de responsabilidad y la debida diligencia de derechos humanos siendo transparente sobre los desafíos encontrados.
  • Velar por la seguridad de sus clientes o usuarios, previendo las medidas preventivas necesarias, incluidas medidas de higiene y distanciamiento social.
  • Mantener un diálogo social con los representantes de los trabajadores y empleados para negociar no solo las condiciones de seguridad e higiene, sino también los planes de recuperación y apoyo para las empresas con el fin de garantizar su eficacia y equidad social.

El CNDH llama la atención del gobierno y las empresas a:

  • Los impactos específicos de esta crisis sobre las mujeres que tienen más probabilidades de no ser remuneradas, los contratos precarios, temporales y a tiempo parcial y el trabajo informal.
  • Posibles despidos de personas con discapacidad, como categoría más vulnerable al impacto social de la crisis sanitaria.
  • Los trabajadores migrantes que pueden encontrarse en condiciones de trabajo precarias y, de forma desproporcionada, afectados por el desempleo o la reducción del empleo como consecuencia de la pandemia.

El CNDH finalmente recomienda que las partes interesadas nacionales sigan reflexionando sobre un nuevo modelo de desarrollo centrado en un paradigma económico que respalde un crecimiento sostenible, socialmente inclusivo y sensible al clima, que tiene como objetivo reducir las desigualdades sociales y territoriales y promover la dignidad humana. Un modelo de desarrollo que no dejaría a nadie atrás y que ayudaría a nuestra sociedad a ser más resiliente ante las crisis.

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