Ante las protestas juveniles registradas en algunas ciudades de Marruecos, la Presidenta del Consejo Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Sra. Amina Bouayach, organizó el 1 de octubre de 2025, una reunión ampliada con las y los presidentes de las Comisiones regionales de derechos humanos, los directores y los encargados de misión ante la Presidencia del Consejo.
El objetivo principal de esta reunión fue discutir las formas de reforzar los mecanismos de monitoreo, seguimiento e intervención del Consejo en relación con estos acontecimientos.
Desde el inicio de las convocatorias a manifestarse, el CNDH había constituido equipos de monitoreo, seguimiento de campo e intervención protectora.
Estas acciones se desarrollan en tres niveles principales: regional, mediante las doce Comisiones regionales del CNDH; nacional; y en el espacio digital. También comprenden la comunicación directa con las autoridades locales y con los jóvenes en los lugares de manifestación.
Al considerar que el espacio digital se ha convertido hoy en un entorno acogedor para el ejercicio de las libertades, donde emergen nuevos valores que enmarcan la participación y la expresión pacífica de los jóvenes en torno a reivindicaciones legítimas y fundamentales de derechos humanos, el CNDH subraya lo siguiente:
- Las manifestaciones juveniles comenzaron tras diversos llamamientos a la protesta. Al principio se desarrollaron de forma pacífica; sin embargo, algunas derivaron posteriormente en actos de violencia, incluidas formas inapropiadas o desproporcionadas de intervención y otras formas graves de violencia, además de comportamientos desviados como el lanzamiento de piedras, robos, incendios de vehículos y daños a bienes públicos y privados (…).
- Es indispensable garantizar el derecho de reunión pacífica, considerado uno de los logros fundamentales del proceso nacional hacia la democracia y los derechos humanos. Este derecho implica una responsabilidad compartida entre quienes convocan o participan en las manifestaciones y las autoridades públicas que deben preservar el orden público y, al mismo tiempo, garantizar el ejercicio del derecho de expresión y de reunión pacífica.
- El Consejo destaca la necesidad de aplicar una interpretación basada en los derechos humanos al ejercicio del derecho de reunión pacífica, independientemente de la declaración o notificación previa. Asimismo, subraya la importancia de vincular este derecho con la garantía de la naturaleza pacífica de las concentraciones y manifestaciones, y de tener en cuenta las nuevas formas de expresión digital que están surgiendo en este ámbito.
- Resulta esencial proteger a las y los ciudadanos, garantizar su derecho a manifestarse pacíficamente y reforzar la protección frente a cualquier forma de violencia que pueda afectar el derecho a la integridad física, tanto de las personas manifestantes como de los miembros de las fuerzas públicas.
En el marco del seguimiento del espacio digital, el Consejo identificó numerosas expresiones digitales, tanto en la plataforma “Discord” como en otras redes sociales.
Algunas difundieron desinformación, mientras que otras contenían llamamientos explícitos y graves a la violencia, incitando al incendio de instituciones y edificios públicos, al ataque de residencias de responsables, e incluso a amenazas de asesinato.
También se constataron violaciones a la dignidad de ciudadanas y ciudadanos que no deseaban participar en las manifestaciones o que, en sus publicaciones, instaban al rechazo de la violencia y al respeto de la vía pacífica, especialmente mujeres. (Muchos de estos contenidos provienen de cuentas recientemente creadas, cerradas o sin actividad visible, sin suscriptores ni publicaciones previas. El análisis de los datos, la conducta y las publicaciones de parte de estas cuentas permite destacar su origen extranjero).
Tras el examen y debate acerca de estas conclusiones preliminares de monitoreo, seguimiento e intervención, el Consejo nacional de derechos humanos reitera los siguientes principios fundamentales:
- El derecho a la libertad de expresión es universal y constitucional, esencial para el pleno disfrute de los demás derechos humanos, siempre que no menoscabe los derechos o la reputación de terceros, ni ponga en peligro la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o la moralidad pública.
- El derecho de reunión pacífica, incluidas las manifestaciones, protestas, concentraciones o sentadas, es un derecho universal reconocido por la Constitución marroquí. Representa uno de los fundamentos de la participación, la democracia, los derechos humanos, el respeto de la ley y el pluralismo.
- Conforme al sistema internacional de derechos humanos, una reunión pacífica es lo contrario de una reunión que se caracterice por una violencia generalizada y grave. En consecuencia, este derecho no puede ejercerse mediante la violencia.
El miércoles 1 de octubre, el Consejo continuó sus misiones de monitoreo a nivel nacional, regional y digital. Se registraron manifestaciones pacíficas en varias ciudades, algunas con una notable participación de menores de edad, en Salé, Errachidia, Dajla, Tarudant (Leqliaa) y Rabat. En determinadas localidades se registraron actos graves de violencia.
El Consejo lamenta profundamente la muerte de tres personas tras las protestas ocurridas en Leqliaa, provincia de Inezgane, así como las lesiones sufridas por manifestantes y miembros de las fuerzas públicas durante los días de protesta.
En este contexto:
- Toma nota de la publicación de un comunicado oficial sobre las circunstancias de la muerte de dos personas por disparos con munición real, cifra que posteriormente ascendió a tres víctimas;
- Saluda la liberación de un número importante de manifestantes;
- Condena el intento de asalto e incendio del centro de la Gendarmería Real en Leqliaa, recordando que en el piso superior residían familias;
- Insiste en la necesidad de abrir investigaciones en todos los casos en que se hayan producido atentados contra la vida o la integridad física.
Mientras sigue de cerca estos acontecimientos, el Consejo nacional de derechos humanos continuará sus misiones de monitoreo, seguimiento de campo e intervención, además de la observación de los procesos judiciales.
Al expresar sus condolencias a las familias de las tres personas, el CNDH y sus Comisiones regionales permanecen abiertos a todas las expresiones y al diálogo constructivo sobre la protección efectiva y el ejercicio pleno de los derechos y libertades de todas y todos los ciudadanos.
