El Consejo Nacional de Derechos Humanos ha publicado, miércoles 4 de marzo de 2015, un memorando general sobre el marco jurídico que rige las operaciones electorales previstas este año, tal como fue adoptado durante la 9ª sesión ordinaria del Consejo (11 de febrero de 2015 en Rabat).
Basándose en las lecciones aprendidas de la observación de las elecciones realizada en el 2007 por el Consejo Consultivo de los Derechos Humanos (CCDH) y por el CNDH desde su creación en 2011, este memorando se inscribe en el marco de la contribución del Consejo en el debate público sobre las leyes electorales vigentes aprobadas por el Parlamento.
Titulado «Cuarenta y cinco recomendaciones: para unas elecciones más inclusivas y cercanas a los ciudadanos», este memorando propone una serie de enmiendas y medidas para contribuir a la consecución de los objetivos constitucionales relativos a la paridad entre hombres y mujeres, la amplia participación de la juventud en el desarrollo y la inclusión de las personas con discapacidad.
Estas recomendaciones se centran en la expansión del cuerpo electoral, el reequilibrio de la redistribución electoral, la reducción de la brecha en la representación, el refuerzo de los mecanismos de acceso de las mujeres a los mandatos electivos y la representación política de los jóvenes. Tratan, entre otras, la participación de los extranjeros que residen en Marruecos en las elecciones comunales, posibilidad ofrecida por el artículo 30 (§ 4) de la Constitución.
El Consejo ha emitido en este memorando, entre otras, recomendaciones sobre el marco jurídico de la observación neutral e independiente de las elecciones, el acceso equitativo a los medios audiovisuales públicos, así como la transparencia y la diversidad de las campañas electorales.
Otras recomendaciones incluyen el refuerzo de los mecanismos de la democracia participativa, así como la inclusión del enfoque de género, el enfoque basado en los derechos humanos y el concepto inclusivo en el proceso del desarrollo de las políticas públicas territoriales. Estas recomendaciones pretenden principalmente contribuir a la aplicación de los principios de la organización regional y territorial consagrados en el artículo 136 de la Constitución.
Este memorando incluye también recomendaciones sobre las elecciones profesionales, especialmente en relación con el fortalecimiento de la representación de las mujeres en los distintos colegios electorales de los representantes de asalariados.