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CNDH llama a la adopción de una política educativa inclusiva a favor de las personas en situación de discapacidad

El CNDH tomó parte en la 7ª pre-sesión del Comité de los derechos de las personas con discapacidad, celebrada el 15 de marzo 2017 en el Palacio de las Naciones en Ginebra.

 

Esta pre-sesión a la que también asistieron las ONG que trabajan en el campo de la discapacidad, se organiza para el desarrollo de la lista de cuestiones tratados por Marruecos antes del examen de su informe inicial sobre la aplicación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

 

El CNDH señaló que recibió en 2015 y 2016, un total de 163 quejas y peticiones sobre presuntas violaciones de los derechos de las personas con discapacidad (PESH). Gran parte de estas quejas y consultas están relacionadas con el acceso al derecho a la educación inclusiva, el empleo y la salud.

 

Cabe recordar que el proyecto de ley relativo a la organización del CNDH tiene previsto acordar a este mismo el mecanismo independiente para la protección, promoción y seguimiento de la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de este instrumento internacional.

 

Por otra parte, el CNDH presentó un conjunto de conclusiones sobre la situación de las personas con discapacidad en Marruecos, así como recomendaciones para la protección y la protección de sus derechos:

Por lo tanto, el Consejo hace un llamamiento para la adopción de una política de educación inclusiva para todas las personas con discapacidad sin exclusión por razones de tipo o de grado de discapacidad. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) deben ser tomados en consideración, en particular el objetivo 4.5 (Para el año 2030, eliminar las disparidades de género en la educación y garantizar la igualdad de acceso a todos los niveles de la educación y la formación profesional de las personas vulnerables, incluidas las personas con discapacidad, los pueblos indígenas y los niños en situación de vulnerabilidad).

En materia del empleo y la empleabilidad de las personas con discapacidad, el Consejo llama a la integración, de manera transversal, de medidas e indicadores para la inclusión de las PESH en el empleo, tanto público como privado, en las disposiciones de la Ley de Finanzas.

 

En cuanto al acceso a la protección social, el Consejo toma nota con preocupación de que a pesar de la existencia del Plan de Asistencia Médica (RAMED) y la Caja de la cohesión social, los servicios de atención no cumplen con las necesidades de las personas con discapacidad. La asignación de la ayuda a la educación pasando por asociaciones priva las personas que sufren de discapacidad no adherentes a estas asociaciones sueltas de esta ayuda.

 

Por otra parte, el informe del Consejo publicado en 2012 sobre la situación de las cárceles se había observado una falta de accesibilidad en las prisiones y ha destacado que algunos detenidos no tienen sillas de ruedas, lo que dificulta sus movimientos y les priva del derecho de movimiento dentro de las células, etc.

 

El CNDH ha preparado en 2015 un informe sobre la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad, que arroja la luz sobre la insuficiencia manifiesta de la accesibilidad en términos de infraestructura de transporte, etc. Como tal, el CNDH recomendó que el gobierno adopte una estrategia global para garantizar el derecho a la movilidad para todos.

 

La limitación de la capacidad jurídica por causa de discapacidad en la ley marroquí todavía presenta una limitación mayor para las personas con discapacidad intelectual y visual en cuanto a la gestión de sus asuntos financieros y administrativos.